Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo que se aplica a la compra de bienes de segunda mano, incluyendo viviendas. Este impuesto es gestionado por cada Comunidad Autónoma, por lo que el porcentaje aplicable puede variar según la región.

¿Cómo se aplica el ITP?

El ITP se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor del inmueble en el momento de la compra. Este porcentaje es fijado por la comunidad autónoma donde se ubica la propiedad. A diferencia del IVA, que se aplica en viviendas nuevas, el ITP es el impuesto que grava la compraventa de viviendas de segunda mano.

En general, el ITP debe ser abonado por el comprador y el pago debe realizarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la firma de la escritura de compraventa.

Variaciones según la Comunidad Autónoma

Cada comunidad autónoma establece su propia escala de ITP, que puede variar según el valor del inmueble. Algunas comunidades aplican un tipo único, mientras que otras establecen tramos progresivos en los que el porcentaje aumenta a medida que el precio de la vivienda es mayor.

Tipos de ITP por Comunidad Autónoma

A continuación, se presentan los tipos impositivos y tramos de ITP según cada comunidad autónoma:

Andalucía

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo7%

Aragón

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 400000€8%
400000€ - 450000€8.5%
450000€ - 500000€9%
500000€ - 750000€9.5%
Más de 750000€10%

Asturias

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 300000€8%
300000€ - 500000€9%
Más de 500000€10%

Baleares

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 400000€8%
400000€ - 600000€9%
600000€ - 1000000€10%
Más de 1000000€11.5%

Canarias

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo6.5%

Cantabria

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo9%

Castilla-La Mancha

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo9%

Castilla y León

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 250000€8%
Más de 250000€10%

Cataluña

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 1000000€10%
Más de 1000000€11%

Ceuta

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo6%

Comunidad de Madrid

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo6%

Comunidad Valenciana

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 1000000€10%
Más de 1000000€11%

Extremadura

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Hasta 360000€8%
360000€ - 600000€10%
Más de 600000€11%

Galicia

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo8%

La Rioja

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo7%

Melilla

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo6%

Murcia

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo8%

Navarra

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo7%

País Vasco

Valor del inmueble (€)ITP Aplicable
Tipo fijo7%

Ejemplo de Cálculo de ITP

Para calcular el ITP de una vivienda, se debe multiplicar el valor del inmueble por el porcentaje correspondiente. Por ejemplo, si compras una vivienda en Navarra por 300.000€, el cálculo sería el siguiente:

300.000€ x 0.07 = 21.000€

En este caso, el ITP a pagar sería de 21.000€. Es importante tener en cuenta que este cálculo es orientativo y puede variar según la situación específica de la compra.

En cambio, si la vivienda se encuentra en Castilla y León donde se aplican tramos progresivos y para el mismo valor de 300.000€, el cálculo sería:

- 250.000€ x 0.08 = 20.000€

- 50.000€ x 0.10 = 5.000€

Total: 20.000€ + 5.000€ = 25.000€

En este caso, el ITP a pagar sería de 25.000€.

Bonificaciones y Reducciones

En determinadas circunstancias, algunos colectivos pueden beneficiarse de reducciones o bonificaciones en el ITP. Estas bonificaciones dependen de la comunidad autónoma y pueden aplicarse en los diversos casos, por ejemplo:

  • Jóvenes: En algunas comunidades, los compradores menores de 35 años pueden beneficiarse de un tipo reducido en la compra de su primera vivienda.
  • Familias numerosas: Se aplican reducciones en el ITP para familias numerosas cuando la vivienda adquirida será su residencia habitual.
  • Personas con discapacidad: Existen bonificaciones para personas con un grado de discapacidad reconocido, generalmente superior al 33%.
  • Viviendas de protección oficial (VPO): En ciertas comunidades, la compra de una vivienda de protección oficial puede estar sujeta a un tipo de ITP reducido.

Estas bonificaciones pueden reducir significativamente el importe a pagar, por lo que se recomienda consultar con la comunidad autónoma correspondiente o con un asesor fiscal para conocer las condiciones específicas y los requisitos para aplicar estos beneficios.